volver atras Procedimiento
PROCEDIMIENTO
Consulta, Formulación y Aprobación de Planes de Implantación y Regularización
Versión 1
Código PIM-PDL-PR-005
Proceso Planeación del Desarrollo Local Estado Vigente
1. OBJETIVO
Mitigar los impactos urbanísticos y ambientales negativos y fomentar impactos positivos en las zonas de influencia de los predios en los que se vayan a desarrollar los usos obligados a formularlo y además, fijar las condiciones necesarias para lograr el óptimo funcionamiento de los usos establecidos y consolidados no permitidos. 
2. ALCANCE
Desde radicar consulta preliminar por parte del interesado (tanto interno como externo) en el Plan de Implantación o de Regularización, hasta realizar auto de ejecutoria. 
3. RESPONSABLE
Ana Isabel López Ospina
4. CONDICIONES GENERALES
Que el predio donde el interesado pretenda desarrollar un proyecto urbanístico, se encuentre localizado en una zona donde la norma obligue la formulación de un Plan de Implantación o de Regularización.
Que por voluntad del interesado se acoja a las condiciones establecidas para el desarrollo de una actividad comercial concentrada en la ciudad, que requiera adoptar determinaciones en materia de usos del suelo. 
5. DEFINICIONES
5.1. Plan de Implantación: Son instrumentos para la aprobación y reglamentación de usos o actividades que por su escala, ámbito de servicio o cobertura, o por su condición misma de peligrosidad o impacto urbanístico o ambiental, no se pueden localizar o ampliar con la simple conformidad normativa del uso en las fichas normativas. Entiéndase por ampliar, cuando se pretenda incrementar el área construida de la actividad principal o de aquellas que impliquen un aumento en la movilidad tanto peatonal como vehicular o en la actividad de cargue y descargue.  
5.2. Plan de Regularización: Son instrumentos de planeamiento, aplicables a todos aquellos inmuebles que están destinados a usos del suelo establecidos y consolidados no permitidos por la norma urbanística vigente, y que actualmente producen impactos urbanísticos o ambientales que deben ser mitigados, como requisito previo que permite evaluar la posibilidad de realizar actuaciones urbanísticas en los inmuebles sobre los cuales se desarrolla el uso.  
6. DOCUMENTACIÓN EXTERNA RELACIONADA
- acuerdo 0844 del 20 de mayo de 2014
- anexo acuerdos 732 y 733 (pib 5 y 6)
- anexo acuerdos 771 y 773 (pib 10 y 12)
- documento técnico de soporte - macroproyecto san josé
7. DESARROLLO
QUÉ SE HACE QUIÉN LO HACE REGISTRO CÓMO LO HACE
Radicar consulta preliminar por parte del interesado tanto interno como externo
 
- Funcionario Designado
- ciudadano 

Oficio de solitud radicado mediante GED 
El interesado en el trámite de un Plan de Implantación o de Regularización, una vez acopie los documentos requeridos por la norma, procede a radicar la solicitud en la Oficina de Correspondencia.
 
Verificar que los documentos presentados cumplan con la norma y estén completos
 
- Ana Isabel López Ospina 
Expediente del Plan de Implantación o de Regularización.
 
Una vez recibido los documentos, se confronta la solicitud con cada uno de los certificados presentados por el interesado
 
Realizar reunión con los interesados y con los profesionales de la Administración Municipal que intervienen en el proceso
 
- Ana Isabel López Ospina 
Oficio de invitación
Correo electrónico
Acta de reunión

 
Una vez reunidos los convocados, se presenta la propuesta del proyecto por parte de los interesados, y se resuelven inquietudes que surjan de parte de los profesionales de la Administración Municipal.

 
Elaborar términos de referencia para el Plan de Implantación o de Regularización.
 
- Ana Isabel López Ospina
- Leonardo Leal García
- Paulo Cesar Mejia Valencia
- Claudia Maria Salazar Velasquez
- Ana Milena Gutierrez Ocampo
- Liliana Gomez Cardona 

Términos de referencia 
Despues de llevada a cabo la reunión y de acuerdo con el tema propuesto para el Plan de Implantación o de Regularización, el profesional responsable procede a la elaboración de los términos de referencia y posterior entrega a la Secretaría de Planeación.
 
Realizar resolución de aprobación o rechazo de viabilidad
 
- Ana Isabel López Ospina 
Resolución firmada por el Secretario de Despacho de la Secretaría de Planeación
 
Después de llevada a cabo la reunión, se determina si se aprueba o rechaza la propuesta, mediante Resolución "Por medio del cual se otorga viabilidad o se rechaza para iniciar la formulación de un Plan de Implantación o de Regularización". En caso de aprobar la propuesta del plan, se adjunta a la resolución, los términos de referencia.
 
Entregar el Plan de Implantación o de Regularización formulado
 
- Funcionario Designado
- ciudadano 

Expediente del Plan de Implantación o de Regularización.
 
De acuerdo con los términos de referencia, el interesado acopia los documentos y estudios requeridos que hacen parte de la formulación del Plan de Implantación o de Regularización.
 
Enviar el plan formulado al profesional que elaboró los términos de referencia
 
- Ana Isabel López Ospina 
Oficio remisorio
 
De acuerdo con los términos de referencia, el profesional correspondiente realiza la revisión del Plan de Implantación o de Regularización, según la temática correspondiente y emite concepto favorable o desfavorable sobre la formulación del plan
 
Aprobar el Plan de Implantación o de Regularización, según el caso
 
- Secretarios de Despacho 
Resolución de aprobación o rechazo
 
Teniendo en cuenta el concepto favorable o desfavorable emitido, se procede a la elaboración y firma de la resolución que aprueba o rechaza el Plan de Implantación o de Regularización.
 
Notificar al interesado, la resolución de aprobación o rechazo del Plan de Implantación o de Regularización.
 
- Diana Sorany Orrego 
Oficio de citación
Resolución notificada
 
Una vez firmada la resolución de aprobación o rechazo del Plan de Implantación o de Regularización, se procede a citar al interesado para que se notifique de la resolución y se le entrega copia de la misma.
 
Interponer recursos de reposición y apelación de conformidad con la ley
 
- ciudadano
- Funcionario Designado 

Recurso interpuesto
 
El interesado tiene derecho a interponer recursos ante la Secretaría de Planeación y el Despacho del Alcalde, dentro de los 10 días hábiles siguientes a su notificación
 
Realizar auto de ejecutoria
 
- Ana Isabel López Ospina 
Auto de ejecutoria
 
Una vez transcurridos los 10 días hábiles sin que el interesado interponga los recursos, se procede a la elaboración del auto de ejecutoria.
 
8. CONTENIDO
LISTA DE VERSIONES
VERSIÓN FECHA RAZÓN DE LA ACTUALIZACIÓN
ELABORÓ
REVISÓ
APROBÓ
 
Nombre: Franceneth Ramos Florez
Cargo: Técnico Operativo
Fecha: 29/Ene/2016
 
Nombre: Ana Isabel López Ospina
Cargo: Profesional Universitario
Fecha: 08/Jun/2016

 
Nombre: Guillermo Hernandez Gutierrez
Cargo: Líder de Programa
Fecha: 08/Jun/2016